Ayer sábado se celebraron las votaciones presenciales para elegir la Asamblea de la Federación Galega de Xadrez. Las votaciones correspondientes al voto por correo también se han efectuado ya.
Como sabéis quienes habéis coincidido conmigo durante estos meses, desde el inicio he querido mantenerme al margen de este proceso electoral como parte activa. No he pedido el voto para ninguna persona ni candidatura. He sido uno de los jugadores más activos este año en Galicia, por lo que he hablado con muchos presidentes, jugadores, monitores y árbitros… y ninguno puede decir que haya hecho campaña con nadie ni contra nadie.
Y esto es especialmente relevante porque, pese a ello, la Xunta Electoral me ha dirigido varios requerimientos relativos a mis publicaciones y, en el último de ellos, de 27 de julio, llegó a advertirme expresamente de que determinadas publicaciones sobre futuras candidaturas podían dar lugar al «correspondiente expediente sancionador».
He recurrido esa actuación ante el Comité Galego de Xustiza Deportiva, porque considero que informar sobre unas elecciones federativas no equivale necesariamente a hacer campaña electoral y porque, entre otras cuestiones, el propio Reglamento define la campaña en relación con las actividades realizadas por las personas candidatas para captar sufragios.
Hasta ahora he preferido no entrar públicamente mucho más en esta cuestión.
Sin embargo, al consultar hoy los resultados provisionales y revisar la documentación publicada en la página electoral de FEGAXA, me he encontrado con algo que me ha sorprendido considerablemente.
En el Acta 08/26 de la propia Xunta Electoral, relativa a la designación de interventores, aparece literalmente un apartado denominado:
«CANDIDATURA DE Dª RAQUEL CALLEJA MODIA»

y la propia Raquel Calleja figura acreditada como interventora en la mesa electoral de Padrón.
El problema es que, según la documentación electoral publicada, Raquel Calleja no figura entre las candidaturas proclamadas a la Asamblea General y, además, en ese momento todavía no se había abierto el plazo formal para presentar candidaturas a la Presidencia de FEGAXA.
Hay otra circunstancia todavía más importante: según la propia documentación electoral de la Federación, Raquel Calleja continuaba formando parte de la Comisión Gestora.
Y la Comisión Gestora está sometida durante las elecciones a un especial deber de neutralidad, objetividad e igualdad entre los actores electorales.
Por eso la cuestión que planteo es bastante sencilla.
Si Raquel Calleja era realmente candidata, como parece desprenderse literalmente de la denominación utilizada por la propia Xunta Electoral, debe explicarse a qué era candidata, cuándo presentó dicha candidatura y cómo se compatibilizaba esa condición con su pertenencia a la Comisión Gestora.
Y si no era candidata, debe explicarse por qué un acta oficial de la Xunta Electoral habla de la «Candidatura de Dª Raquel Calleja Modia», qué candidatos realizaron realmente las designaciones de interventores y en qué condición actuaba ella.
Además existe una segunda cuestión, independiente de la anterior: habrá que explicar cómo se compatibiliza la pertenencia a una Comisión Gestora sometida a neutralidad electoral con la actuación como interventora vinculada a una opción electoral.
No afirmo que se haya cometido una infracción. Precisamente por eso he presentado una reclamación ante la Xunta Electoral solicitando que lo aclare documentalmente y se pronuncie sobre su legalidad.
Pero comprenderéis también la razón por la que considero necesaria esa explicación.
A mí, actuando como particular, la Xunta Electoral me requirió en julio para que dejase de publicar información sobre futuras candidaturas a la Presidencia todavía no formalizadas, llegando a advertirme de la posible apertura de un expediente sancionador.
Dos meses después, un documento oficial de esa misma Xunta Electoral utiliza la expresión «Candidatura de Dª Raquel Calleja Modia» respecto de una persona que, según la documentación publicada, seguía perteneciendo a la Comisión Gestora.
No afirmo que ambas situaciones sean idénticas. Lo que solicito es que se explique qué criterio se está aplicando y que ese criterio sea el mismo para todos.
He presentado por ello una reclamación formal ante la Xunta Electoral. La publico íntegramente a continuación para que cualquiera pueda leer exactamente lo que planteo, sin interpretaciones ni resúmenes interesados.
Como siempre, si Raquel Calleja o cualquier persona mencionada quiere hacer alguna aclaración o responder al contenido de la reclamación, publicaré igualmente su respuesta.