Un conflicto originado por la negativa de la FEDA a tramitar su cambio de bandera termina, más de una década después, con el Consejo Superior de Deportes obligado a pagar 40.000 euros más intereses. Arián González denuncia una paradoja: «Los responsables no pagan; pagamos todos los españoles»
El largo conflicto del Gran Maestro Arián González Pérez con la Federación Española de Ajedrez vuelve a tener una consecuencia muy concreta.
Dinero.
La Audiencia Nacional ha dictado el 21 de septiembre de 2026 un auto acordando la ejecución forzosa de una sentencia y requiriendo al Consejo Superior de Deportes para que abone a Arián González 40.000 euros de principal más el interés legal desde el 10 de mayo de 2021 hasta el completo pago.
AUTO DE EJECUCION


A los tipos legales acumulados durante más de cinco años, la cantidad se sitúa actualmente en el entorno de los 47.000 euros.
Y quien paga no es la Federación Española de Ajedrez.
Paga la Administración.
Es decir, la factura termina saliendo del presupuesto público.
Un conflicto que comenzó hace más de una década
El origen de este asunto se remonta a la negativa de la FEDA a tramitar el cambio de bandera de Arián González.
En diciembre de 2015, la Federación Española de Ajedrez denegó su solicitud. Aquella decisión fue recurrida y acabó generando una larga sucesión de procedimientos administrativos y judiciales.
Finalmente, una sentencia de 1 de febrero de 2021 anuló la resolución del Consejo Superior de Deportes que había confirmado aquella negativa y reconoció a González el derecho a que se solicitase su licencia de jugador de ajedrez bajo bandera española, tras realizar la FEDA los correspondientes trámites ante la FIDE. La propia Audiencia Nacional recoge expresamente este antecedente.
La sentencia de 2022 reconoce además algo especialmente llamativo: la controversia sobre la interpretación de la normativa federativa había dado lugar a recursos administrativos y judiciales durante siete años antes de que se produjera finalmente el cambio de bandera en marzo de 2021.
Arián lo resume de manera más sencilla:
«Esto empezó en 2013. Estamos hablando de años y años teniendo que litigar».
Después llegó una segunda batalla: la reclamación de responsabilidad patrimonial por los perjuicios que González afirmaba haber sufrido durante aquellos años sin poder competir bajo bandera española.
La Audiencia Nacional acabó reconociendo su derecho a ser indemnizado por los daños derivados de la imposibilidad de participar bajo bandera española en campeonatos autonómicos, españoles, europeos e iberoamericanos.
Y ahora esa indemnización tiene que ejecutarse forzosamente.
40.000 euros más intereses que no paga la FEDA
Aquí aparece la parte probablemente más incómoda del caso.
El conflicto nació de una decisión federativa. Fue la FEDA la que denegó el cambio de bandera en 2015 y fueron necesarios años de litigios hasta que los tribunales reconocieron el derecho de Arián a que se tramitase.
Pero la condena económica no recae ahora sobre la FEDA.
El auto de septiembre de 2026 requiere al Consejo Superior de Deportes para pagar los 40.000 euros más intereses.
Es precisamente este resultado el que Arián González considera difícil de aceptar.
Según explica:
«Los causantes de las irregularidades y de los daños no pagan. Paga la Administración y, por tanto, todos los españoles».
Conviene hacer aquí una precisión importante: esta es la valoración de Arián sobre las responsabilidades personales. La Audiencia Nacional no ha declarado en estas resoluciones que determinados dirigentes de la FEDA deban responder personalmente de los 40.000 euros.
Pero el resultado económico sí es objetivo: una controversia surgida de una decisión de la Federación Española de Ajedrez termina generando una indemnización que tiene que satisfacer el Estado.
Arián intentó que se depurasen responsabilidades en la FEDA
González no se limitó a reclamar una indemnización.
En marzo de 2021 denunció ante el Consejo Superior de Deportes al entonces presidente y al secretario general de la FEDA y solicitó que se diese traslado al Tribunal Administrativo del Deporte para la apertura de un expediente disciplinario. Alegaba, entre otras cuestiones, incumplimiento de la normativa federativa y actuaciones que consideraba abusivas o discriminatorias.
El CSD tramitó aquella denuncia, dio traslado a la Federación para que formulase alegaciones y posteriormente decidió que no procedía solicitar al TAD la incoación de un expediente disciplinario.
Arián llevó también esa decisión a los tribunales.
Y perdió.
La Audiencia Nacional concluyó en 2022 que, aunque la decisión del CSD era susceptible de control judicial, González carecía de legitimación para exigir que se incoase un procedimiento sancionador contra los dirigentes federativos.
La Sala recuerda que un denunciante no adquiere por el mero hecho de denunciar un derecho a conseguir que otra persona sea sancionada y consideró que, en aquel procedimiento concreto, Arián no acreditaba un derecho o interés legítimo que resultase afectado por la eventual sanción de los denunciados.
Por eso es importante no simplificar lo ocurrido diciendo que «nadie quiso investigar».
El CSD sí examinó los hechos, pidió alegaciones a la FEDA y motivó su decisión. La Audiencia Nacional consideró además que aquella respuesta era suficientemente razonada.
Lo que el sistema negó a Arián fue otra cosa: la posibilidad de exigir judicialmente que aquella denuncia terminase en la apertura de un procedimiento disciplinario contra los dirigentes de la Federación.
El problema de fondo: ¿quién responde cuando una decisión federativa causa un daño?
Y aquí aparece una cuestión mucho más interesante que el caso individual.
Arián González considera que existe una auténtica laguna de responsabilidad en el deporte federado.
Un deportista puede necesitar años de tribunales para conseguir que se reconozca que una determinada decisión no era conforme a Derecho. Puede conseguir posteriormente una indemnización por los daños ocasionados.
Pero eso no significa necesariamente que pueda obligar a la Administración a abrir un expediente contra las personas que él considera responsables.
El resultado, en este caso, es peculiar:
el deportista cobra, los dirigentes federativos no soportan personalmente esa indemnización y el dinero sale de la Administración.
Arián lo plantea en términos muy duros:
«Tiene que haber responsabilidades. Y no las hay».
Su crítica se dirige fundamentalmente a un sistema en el que, a su juicio, existe una enorme distancia entre la declaración de un daño y la posibilidad de exigir responsabilidades personales a quienes adoptaron las decisiones que lo originaron.
La sentencia de 2022 no avala esa conclusión política o institucional de Arián, pero sí permite constatar la situación jurídica que está detrás de ella: el propio tribunal declaró que González no podía exigir la incoación del procedimiento sancionador contra el presidente y el secretario general de la FEDA.
Y todavía hubo que forzar judicialmente el pago
Hay además un último elemento especialmente llamativo.
La sentencia indemnizatoria quedó firme el 1 de septiembre de 2025. Ese mismo mes fue remitida a la Administración para que procediese a su cumplimiento.
El oficio fue recibido por la Administración el 2 de septiembre de 2025.
Sin embargo, transcurrió el plazo legal sin que se produjera el cumplimiento, y Arián tuvo que instar la ejecución forzosa.
Un año después, el 21 de septiembre de 2026, la Audiencia Nacional concluye que procede ejecutar forzosamente la sentencia y requiere al CSD para que pague.
Es decir, después de más de una década de conflicto, ni siquiera la existencia de una sentencia firme puso inmediatamente punto final al asunto.
Federaciones deportivas: poder público sin responsabilidad personal
Arián amplía su crítica al propio diseño institucional de las federaciones deportivas.
Habla de estructuras excesivamente cerradas, de escaso control efectivo sobre los dirigentes y de sistemas electorales que, en su opinión, facilitan presidencias extraordinariamente prolongadas.
Son valoraciones personales del Gran Maestro, y no pronunciamientos de la Audiencia Nacional.
Pero el caso plantea una pregunta que merece ser respondida:
cuando una federación ejerce funciones públicas delegadas y una decisión adoptada en ese ámbito termina ocasionando un perjuicio indemnizable, ¿es suficiente que la factura recaiga simplemente sobre la Administración?
Porque aquí no hablamos ya de una discusión abstracta sobre reglamentos de ajedrez.
Hablamos de alrededor de 47.000 euros de dinero público.
El auto establece 40.000 euros de principal y más de cinco años de intereses.
Y esos intereses continúan aumentando hasta que se produzca el pago.
Al final, las malas decisiones también tienen una factura
El caso Arián González deja una enseñanza incómoda.
Durante años se discutió si tenía derecho a competir bajo bandera española.
Tuvo que recurrir.
Ganó aquel derecho.
Después reclamó por los perjuicios sufridos.
Volvió a litigar.
Obtuvo una indemnización.
Intentó además que se depurasen responsabilidades disciplinarias entre los dirigentes federativos que él consideraba responsables.
Los tribunales concluyeron que no estaba legitimado para exigirlo.
Y cuando finalmente obtuvo una sentencia indemnizatoria firme, tuvo que acudir nuevamente a la Audiencia Nacional para conseguir su ejecución.
El resultado final es difícil de ignorar:
40.000 euros más intereses, cerca ya de 47.000 euros, que salen del presupuesto público.
La FEDA no tendrá que pagar esa cantidad.
Los dirigentes a los que Arián atribuye personalmente la responsabilidad tampoco tienen que abonarla como consecuencia de estas resoluciones.
La paga el Consejo Superior de Deportes.
La pagamos todos.
Y quizá esa sea la reflexión más importante de este caso: cuando los mecanismos de control del deporte federado fallan, las consecuencias pueden durar más de una década y la factura final puede acabar en el bolsillo de todos los contribuyentes.